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lunes, 31 de enero de 2011

Delegados de prevención: fomento y freno


MUNDO LABORAL/Héctor Lucena
domingo, 30 de enero de 2011

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Delegados de prevención: fomento y freno

Una de las características de la política laboral en los últimos años, ha sido la puesta en práctica de mecanismos que fragmentan a los colectivos laborales. En esta ocasión se aborda una de las aristas de la variada constelación de procesos fragmentadores: los delegados de prevención y de los Comités de Salud y Seguridad Laboral -CSSL- o Comités de Higiene y Seguridad Industrial. La reforma de 2005, dio impulso a esta nueva forma de representación de los trabajadores. El artículo 49 del Reglamento de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones, y Medio Ambiente del Trabajo -Lopcymat- “los delegados y delegadas de prevención son representantes de los trabajadores y las trabajadoras en la promoción y defensa de la seguridad y salud en el trabajo...”.

 Un primer elemento a destacar es que su fomento proviene de la política laboral, y no del desarrollo autónomo del movimiento de los trabajadores. Cierto que desde la primera se pueden fomentar políticas que contribuyan al desarrollo del segundo. No se juzga negativamente que por ser una política promovida desde el Estado, ella tenga efectos negativos en el movimiento de los trabajadores. El problema que se destaca es el carácter fragmentador de políticas disociadas de este movimiento. Interesante sería si desde el movimiento se produce una articulación con las políticas públicas para el fomento de determinado propósito.

 Los delegados de prevención han sido objeto de una privilegiada atención por parte del Instituto Nacional de Prevención y Seguridad Laboral -Inpsasel-, dependiente del Minpptrass. Se encarga de sus procesos de formación, capacitación y coordinación. La memoria del Minpptrass (2009) reporta que en tan sólo cuatro años se habían organizado 35.621 CSSL y 111.584 delegados que recibieron formación y acreditación.

 La formación tiene componentes técnicos, políticos e ideológicos. Se señala que predominan ampliamente estos últimos. Delegados de prevención lo admiten “José Fermín, delegado de Orinoco Iron, defendió el plan de formación que ha llevado Inpsasel que -aunque tiene un alto componente político- ha logrado crear una formación integral de los empleados” (Correo del Caroní, 15-12-09). Por otro lado, en investigaciones sobre la inspección se ha determinado que en un 95% la inspección se dirige hacia las empresas privadas, soslayando al sector público en donde labora el 20% de la población laboral. También se ha señalado que “los comités funcionan como consejos de trabajadores que vigilan políticamente a sus compañeros de trabajo y a los patronos” -Pablo Castro, El Nacional, 2-10-08, p. 8.

 El intervencionismo del Ejecutivo en la actividad de los delegados y los comités mencionados, se manifiesta a partir de su propia constitución, que puede partir del Inpsasel, “por medio de sus funcionarios o funcionarias, y los inspectores, o inspectoras y supervisores o supervisoras del trabajo quienes podrán convocar a las partes a realizar las actuaciones necesarias para su constitución” -art 49 Lopcymat-. Además la obligación de presentar “plan de trabajo” e informes periódicos de sus actividades -Art 46.
 El segundo elemento a destacar es el amplio contenido de las actividades realizadas por los delegados de prevención; la legislación le otorga facultades que incluyen condiciones y medio ambiente de trabajo, tiempo de trabajo, los programas e instalaciones para la recreación, utilización del tiempo libre y descanso. Áreas de acción propias de los sindicatos, sobre las cuales históricamente han acumulado un patrimonio de conquistas.

 El papel del delegado de prevención en el proceso productivo va más allá del poder sindical, incluso tienen facultades en dar autorización y promover la paralización del trabajo, ya que dan el visto bueno a los trabajadores cuando ejerzan su derecho a rehusarse a trabajar, alejarse de una condición insegura o interrumpir una tarea o actividad de trabajo para proteger su seguridad y salud laboral -numeral 5 art. 53 Lopcymat.

 Un elemento a favor de la representación, es que los delegados tienen presencia independientemente de la existencia de sindicatos o del tamaño de la empresa, por tanto en numerosos casos su presencia viene a jugar un papel sindical, especialmente en las pequeñas empresas sin sindicato. Se exige que en empresas de “Hasta diez (10) trabajadores... un delegado de prevención”. Pero también en donde los hay, frecuentemente se producen roces y solapamientos entre una y otra organización.

 Está pendiente profundizar en los impactos de esta figura representativa. A quién ha servido más ¿a los trabajadores, a pesar de la fragmentación? ¿a quienes se inclinan por la confrontación con el sector privado? Su accionar en el sector público ha sido más comedido, y a pesar de la alta morbilidad y accidentabilidad en su seno, apenas empiezan los Delegados a actuar, se levantan oposiciones que contradictoriamente limitan su papel, a pesar de su fomento oficial.

hector.lucena@gmail.com
Twitter: hl_lucena

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MOBBING LABORAL O VIOLENCIA PSICOLÓGICA EN EL TRABAJO

Domingo, 30 de Enero de 2011 11:25

Mobbing laboral o violencia psicológica en el trabajo

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El acoso laboral, conocido como mobbing, es uno de los principales causantes de ausentismo, baja productividad y un mal clima en las empresas de México, según datos del Grupo Multisistemas de Seguridad Industrial.

De acuerdo a un estudio de la firma seguridad privada, en 35% de los centros de trabajo del país se han registrado casos de acoso psicológico; primera causa del ausentismo laboral y segunda en bajas de trabajo, después de las lesiones físicas.
Los expertos indicaron que el objetivo del acoso psicológico es que la persona abandone su puesto de trabajo, pues la victima representa, para el agresor, una molestia o amenaza para sus intereses personales.
Según explica el informe, la victimización psicológica es una violencia "oculta" porque se realiza a través de insinuaciones, intimidaciones, acoso, humillación, obstaculización, degradación y rumores.
Además, se detalla que en los estados donde más ocurre esta violenta conducta es en Chihuahua, Tamaulipas, Sinaloa, Durango y Distrito Federal; lugares que agrupan 60% de los casos del país.
Respecto a quiénes ejercen el acoso psicológico, la investigación indica que en 58% de los casos el mobbing lo ejerce el jefe, 29% varias personas junto al jefe, 12% los compañeros del mismo nivel y sólo en 1% de los casos el acoso es realizado por subalternos.
También el informe de Grupo Multisistemas señala que el mobbing se repite en empresas que presentan una mala división de trabajo, alta burocratización, escaso apoyo de los superiores, jerarquías poco claras, exceso de trabajo y personas sin liderazgo.
Para Alejandra Apiquian, coordinadora de Psicología Laboral de la Universidad Anáhuac México Norte, uno de los elementos más característicos del mobbing es que no deja rastros visibles y las secuelas son las propias del deterioro psicológico que presenta la víctima, mismas que fácilmente pueden atribuirse a problemas personales o de relación con sus compañeros de trabajo.
Por lo general, el mobbing suele ser confundido con el síndrome del burnout (desgaste profesional); sin embargo, son temas muy distintos ya que el primer término se refiere a estar desgastado por circunstancias específicas o características inherentes a la profesión o el trabajo, mismo que genera en el empleado una intensa demanda emocional.
Recomendaciones
  •  Analizar la situación, mantener la calma y poder describir el escenario de una forma neutral.
  •  Reconocer el problema y saber distinguir las distintas situaciones que ocurren en un ambiente laboral.
  •  Evitar aislarse. Mantenerse atentos, participar y trabajar en equipo. Además aconsejan cuidar la imagen profesional y personal, es decir, nunca descuidar las responsabilidades laborales, ser respetuoso y honesto.
  •  Comunicar la situación por la que se atraviesa a los jefes superiores.
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sábado, 29 de enero de 2011

Indemnizaciones sobre la muerte de un trabajador. Lo justo y lo legal

SÁBADO 29 DE ENERO DE 2011. Sergio Ríos

"Mientras lo legal atañe directamente a lo tangible, a lo que podemos demostrar, a lo que puede ser acreditado, lo justo está sólo en nuestra mente, en la intención, en los sentidos. (Gómez Porchini, 2010)."
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“El concepto de justicia constituye una de las piezas más básicas y al mismo tiempo más complejas del lenguaje moral. Esto es así porque con él nos referimos siempre a nuestra relación con los demás, ya sean personas individuales, grupos, e incluso el orden social en general.” (García Marza) La justicia como queda constatado en Temis su diosa, tiene que ser completamente imparcial y por esto vendan los ojos de la diosa romana, porque la justicia no tiene nombre, no tiene edad, no tiene sexo y mucho menos tiene clase económica o medidor de ingresos. La justicia sólo debería medir a todos los seres humanos proporcionalmente a su esfuerzo, y darle a cada uno lo que le corresponde.

La ley o lo estrictamente legal es una declaración de la voluntad soberana que, manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o permite. (Definicion.org)

En Huesca, España, se estipula lo siguiente "Si el fallecimiento deriva de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional el cónyuge que tenga derecho a pensión de viudedad y los hijos con derecho a pensión de orfandad (en defecto de ambos, los padres del difunto) tendrán además derecho a una indemnización a tanto alzado por importe de seis mensualidades de la base reguladora de la pensión de viudedad, en el caso del cónyuge, y una mensualidad de la base reguladora de la pensión de orfandad en el caso de los hijos." Lo que significa esto es que la familia tendrá derecho a una pensión y a una indemnización a salario topado durante 6 meses para la viuda y de únicamente un mes para los hijos, si existen. El trabajador perdió la única cosa que es indispensable, la vida. Dejó a una mujer viuda y a una familia sin padre y proveedor. A cambio la familia recibirá pensiones e indemnizaciones por cierto tiempo. ¿Es justo? ¿O es legal?

En México lo primero que se hace cuando muere o es discapacitado permanentemente un trabajador, es realizar una investigación respecto al incidente, para lograr determinar si fue un accidente relacionado al trabajo o fuera de este. Legalmente, si la muerte o la incapacidad no tuvo nada que ver con riesgos laborales o incidentes en el lugar de trabajo, se pueden lavar las manos y no es problema de ellos. Si la muerte o incapacidad fue causada en el trabajo o por riesgos laborales, la compañía se ve legalmente obligada a indemnizar a la familia, esto incluye gastos de indemnización por muerte y el pago de gastos funerarios.

La Ley Federal del Trabajo Mexicana dice lo siguiente: 

"Artículo 500.- Cuando el riesgo traiga como consecuencia la muerte del trabajador, la indemnización comprenderá:
I. Dos meses de salario por concepto de gastos funerarios; y
II. El pago de la cantidad que fija el artículo 502."

En el artículo 502 se refieren a una indemnización de 730 días sin descontar otras indemnizaciones. Es decir, dos años de pago. Si la persona cobraba un salario mínimo zona A ($59.82, a partir del primero de Enero, 2011) se traduciría a $43,668.6 pesos mexicanos o aproximadamente $3,359 dólares estadounidenses.

Legalmente la vida de un trabajador, ya sea hombre o sea mujer, tiene un precio alrededor de los $40 mil pesos. Ya que la mayoría de los trabajadores perciben un salario mínimo. ¿Es justo que sea ésta la indemnización a una familia que lo más probable es que haya perdido al mayor ingreso de la familia? ¿O es legal y suficiente que se paguen 2 años de salario para recompensar esa pérdida?

Los idealistas pensarán que las compañías deberían de terminar de indemnizar a la viuda o viudo el día de su muerte. Y en cierto mundo utópico y rosado, donde todo sea justo y perfecto, esto debería de suceder. Al fin y al cabo, la persona que perdió la vida no volverá nunca, la familia no podrá reemplazarlo por ninguna cantidad de dinero, pero no significa que el dinero no vaya a ayudarles en ese momento tan difícil.

¿Hasta cuando se debería de indemnizar a una viudo/a? ¿Que pasaría si tienen 2 hijos? Uno mayor de edad y uno menor, ambos estudiantes, pero ambos dependientes de los ingresos de la familia ya que los padres querían que tuvieran un titulo universitario y ellos se encargaban de todo, hasta que los hijos se pudieran graduar, buscar trabajo y mantenerse por si mismos sin problemas. Legalmente, se indemniza a los hijos de un muerto o discapacitado hasta los 16 años, todavía en la escuela, ya que la edad para graduarse es de 17 en adelante en México. ¿Qué tipo de educación podrá recibir un joven que tiene que estudiar en la mañana e ir a trabajar en la tarde para ayudar a su familia a pagar las cuentas? Ya que su padre o madre ha muerto y ya no será indemnizado. Una muy mala. Son muy pocas personas las que lograrían compaginar esas dos actividades, escuela y trabajo. Conlleva mucho esfuerzo, es muy cansado y es extremadamente sencillo caer en vicios.

¿Son legales las indemnizaciones que se atribuyen en la ley mexicana? Si. ¿Son justas? En mi humilde opinión, no. Claro que no pido que se regale dinero a todas las familias. Pero si sería justo buscar otras soluciones más humanas y consideradas. Por ejemplo, que creen un bono empresarial para pagar por la educación completa de los hijos de los difuntos. Siempre bajo revisión por supuesto, que en realidad el dinero se esté utilizando en educación y no en otras cosas. Se debería apoyar a la viuda/o, hasta que se puedan mantener por si solos, apoyarlos monetariamente, tratar de conseguirles un trabajo en otra o ya sea en la misma empresa. Pero todo esto conllevaría gastos demasiado grandes para las compañías, por lo cual es algo que difícilmente sucederá.

Al fin y al cabo, el trabajador/a dio literalmente su vida, por la empresa.

Bibliografía

http://elempresario.mx/centro-soluciones/que-hacer-cuando-muere-empleado

http://www.gabilos.com/weblaboral/preguntassegsocial/Prestaciones29.htm

http://mexicodebesaliradelante.blogspot.com/search/label/Derecho

http://www.acopiadorescba.com/upload/compendios/1129549738c.pd
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Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART)amplían la cobertura tras un fallo de la Corte Suprema

Publicado por prensapuradigital on Ene 29th, 201
Las ART amplían la cobertura tras un fallo de la Corte Suprema

Las aseguradoras de riesgo del trabajo lanzaron un seguro complementario de responsabilidad civil para  acortar los tiempos de indemnización en casos de accidentes y enfermedades laborales

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La Superintendencia de Seguros anunció la puesta en marcha de un seguro de responsabilidad civil complementario del que prestan las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).
El objetivo del nuevo servicio será atender el explosivo incremento de los juicios laborales ocurrido a partir del fallo de Corte Suprema que declaró inconstitucional el articulo 11 de la Ley de Riesgos del Trabajo que le bloqueaba a los trabajadores el derecho de demandar a su empleador en caso de un accidente o enfermedad.
De acuerdo con un comunicado de la SSN, el nuevo seguro tiene la finalidad de “garantizar los derechos de los trabajadores y acortar los tiempos de indemnización en casos de accidentes y enfermedades que se produzcan en el ámbito laboral”.
“El objetivo de este seguro adicional es obtener una reparación integral de contingencias laborales de los trabajadores accidentados”, afirmó el titular de la SSN, Francisco Durañona.
El funcionario señaló que el servicio al mismo tiempo permite “brindar certidumbre a los empleadores en relación con los costos derivados de sus contingencias laborales, y reducir costos improductivos derivados de la alta litigiosidad del sistema”.
Se eleva la litigiosidad
Según datos de ese organismo de control, entre 2005 y 2010 las demandas de trabajadores a sus empleadores pasaron de 16.400 a 85.000, con tendencia a incrementarse.
Para la Unión Industrial Argentina (UIA) esa cantidad de juicios representan demandas por más de u$s2.000 millones que tendrían que afrontar las empresas, la mayoría de ellas PyME que podrían quebrar.
“Es una cobertura complementaria, que tendrá una franquicia a cargo del empleador que incentive su compromiso en materia de prevención de accidentes laborales”, subrayó Durañona quien añadió que “incluye un límite de cobertura a partir del cual la responsabilidad íntegramente será del empleador“.
Según se indica en la resolución, “el asegurado participará de cada siniestro con una franquicia o descubierto a su cargo que nunca será inferior al 5% de la indemnización a cargo de la aseguradora“.
“La franquicia se incrementará al doble de lo acordado si el accidente o la enfermedad del trabajador se produjera por incumplimientos de la empresa donde se desempeñe a las normas de seguridad e higiene”, afirmó el funcionario nacional.
El Superintendente también señaló que se “contempla un esquema de aprobación tarifaria similar al existente actualmente para las coberturas de riesgos del trabajo, y fijará requerimientos de solvencia específicos para las aseguradoras que actúen en la nueva cobertura”.
En este caso se determinó en $3 millones el capital mínimo para ofrecer dicha cobertura.
Las entidades, que responderán exclusivamente hasta la suma asegurada por trabajador, que no podrá ser inferior a $250 mil ni superior al millón de pesos, deberán contar con la autorización debida para operar en el ramo de Responsabilidad Civil
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Buque con avería descargó todo el combustible en el Orinoco

El Ministro de Transporte explicó que "los equipos de la guardacosta se encuentran trabajando, así como los equipos de Ferrominera, Pdvsa para recoger el combustible derramado" por la nave de Ferrominera.
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EL UNIVERSAL
sábado 29 de enero de 2011  01:46 PM
Caracas.- El ministro de Transporte y Comunicaciones (MTC), Francisco Garcés, informó este sábado que un buque que transportaba hierro fino de Ferromineras por el río Orinoco, sufrió una avería y encalló cerca del Puerto de San Félix, en el estado Bolívar.

"A 163 millas, se produjo una avería y por consecuencia, tuvo problemas en los tanques y han tenido que descargar todo el combustible sobre el río Orinoco, actualmente, el buque ha sido orillado para ser reparado", dijo Garcés.

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Ing Miriam Izarra comenta...
¿Què tipo problema pudo presentarse para efectuar esa descarga?  Acaso un incendio? 
Son muchos los contaminantes que se encuentran en el lecho del Rio Orinoco ....

Explotación minera, oficio de alto riesgo en Colombia

Hay una explotación ilegal de carbón en el Cerro de La Bandera, en el  perímetro suburbano de Cali. Se ha pedido el cierre de las minas, pero aún no ha sido posible lograrlo. 
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Hay una explotación ilegal de carbón en el Cerro de La Bandera, en el perímetro suburbano de Cali. Se ha pedido el cierre de las minas, pero aún no ha sido posible lograrlo.
 | Por: Elpaís.com.co
El panorama de riesgos mineros del país no es nada halagador. La explosión de una mina de carbón en Sardinata (Norte de Santander), que dejó 21 muertos y 4 heridos, puso sobre la mesa de nuevo el debate sobre la seguridad industrial para la explotación de productos minerales bajo tierra.
El principal problema es que la mayoría de las cerca de seis mil minas que hay en Colombia son ilegales, no tienen permiso del Estado, lo que quiere decir que es muy probable que no cumplan con todas las normas de seguridad industrial requeridas en esa labor.
A ello se agrega que el Ministerio de Minas sólo tiene 16 inspectores de seguridad para controlar unas tres mil minas legales en todo el país.
De hecho, el ministro Carlos Rodado Noriega dijo hace unos días que se requiere contratar una auditoría minera internacional que haga un barrido por el sector y para ello estima una inversión cercana a los $100.000 millones de pesos. “Los recursos humanos, técnicos y financieros son escasos”, dijo el funcionario.
Pese a que no se conoce oficialmente un mapa de riesgo minero en el país, el experto Jorge Martín Molina, ingeniero de minas de la Universidad Nacional de Medellín, trazó un panorama de vulnerabilidad a instancias de El País.
El experto explicó que la minería donde hay más riesgo es la subterránea, la que se hace en socavones, más que la que se explota en superficie o a cielo abierto.
A su vez, de la minería subterránea, la explotación que mayor riesgo representa es la del carbón. En ese sentido, Molina identifica seis cuencas carboníferas en el país que son las más vulnerables. En su orden, ellas son: la cuenca del sur del Valle y el norte del Cauca; es decir, la zona de Jamundí, Timba y Suárez, municipio éste donde en octubre del 2007 ocurrió una tragedia que produjo la muerte de 22 mineros.
La segunda zona más vulnerable es Antioquia. Precisamente en junio del año pasado, una explosión subterránea cobró la vida de 71 mineros en un socavón del Municipio de Amagá, en ese departamento.
La tercer cuenca carbonífera de más riesgo en el país es Cundinamarca. En efecto, en noviembre del año pasado fallecieron cuatro mineros por explosiones en minas de Lenguazaque y Guachetá, en ese departamento.
Boyacá es la cuarta región más vulnerable, seguida de Santander en quinto lugar y la sexta área es Norte de Santander, donde esta semana se produjo la cruenta explosión en Sardinata.
Por otra parte, la explotación del oro constituye la segunda actividad minera de mayor riesgo en Colombia. En su orden, las regiones más vulnerables son Antioquia, Sur de Bolívar, Ginebra (Valle), Tolima, Nariño y Caldas.
El ingeniero Molina señala un tercer panorama minero de riesgo que es la explotación de esmeraldas en el altiplano cundiboyacense, sobre todo en Muzo y Otanche.
En general, los riesgos que ofrece la minería subterránea en el país son las explosiones de metano o de polvillo de carbón y los derrumbes producidos por zonas inestables que desprenden grandes bloques de mina y aplastan trabajadores.
Las explosiones se producen porque no hay la suficiente aireación o ventilación para diluir el metano concentrado ni se trabaja con equipos a prueba de explosión debidamente adaptados. Cuando hay concentración de gas cualquier agente de ignición produce las explosiones.
Los derrumbes, a su vez, se producen porque no se estudian las condiciones geomecánicas de resistencia de las rocas y se hacen extracciones que no consideran los diseños adecuados, para que mediante diferentes estructuras se refuerce el sostenimiento de las rocas.
Además, en Colombia hay muchos accidentes de este tipo porque no se hacen estudios sobre las propiedades mecánicas de las rocas y suelos que ayuden a prevenir derrumbes, dijo Molina.
Esa es la diferencia para que, por ejemplo, en la más grande mina de EE.UU. que produce tanto como todas las minas de Colombia no haya un solo accidente.

Una actividad muy informal en el Valle

La explotación minera informal en el Valle del Cauca es preocupante. Lo que se observa durante la última década es que mientras los empleos formales generados por la explotación legal disminuyeron, los que genera la explotación informal crecieron.
Así lo advirtió el diputado Mario Germán Fernández de Soto, quien el año pasado hizo un debate sobre la minería regional.
Advirtió que en el año 2000 se reportaron en la región 23 empresas de carbón con 2.510 empleos directos. Pero tres años después sólo quedaban seis empresas y 300 empleos. Entre tanto, la explotación informal que hace una década generaba 98 empleos en el último año ofreció 790.
Las minas ilegales de carbón se han detectado en Cali, Jamundí y Yumbo; las de materiales de construcción en Cali, Palmira y Buga y las de oro en Buga, Ginebra, Guacarí y Buenaventura.
Ingeominas, por su parte, reportó que en el Departamento hay 412 títulos mineros 48 de ellos en Yumbo, 43 en Jamundí y 40 en Cali. Pero también forman parte del distrito minero regional los municipios de Buga, Buenaventura, Ansermanuevo, Palmira, Obando, Ginebra, entre otros.
La mayor explotación minera regional es de materiales de construcción con 222 permisos, el de carbón con 36 y el de materiales de arrastre con 26 títulos.
Pero Ingeominas reportó otras 503 solicitudes de explotación minera, 175 de ellas para metales preciosos y sólo 18 para carbón. Eso va en consonancia con lo que pasó en la zona de Zaragoza donde la fiebre del oro hizo que llegaran unos cuatro mil mineros, retroexcavadoras y que se dañara la cuenca del río Dagua. La fiebre del oro dejó 19 muertos.
Entre el 2005 y el 2010 en el Valle se presentaron 14 emergencias en minas que dejaron 9 muertos y 3 heridos
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Un detector de señales acústicas previene accidentes laborales mortales

28/01/2011 - 16:24 

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Málaga, 28 ene (EFE).- Un detector de señales acústicas y visuales permitirá prevenir, en actividades relacionadas con la industria minera, accidentes laborales mortales que, en su mayoría, se producen por atropellos a trabajadores con maquinaria pesada.
Se trata del primer sistema capaz de localizar de forma segura equipos móviles, operarios o cualquier otro obstáculo en las proximidades de los camiones, ha informado a Efe José Luis Sánchez, el director técnico de Clock Technology, una de las empresas que ha desarrollado el dispositivo.
El detector, que se compone de una pequeña pantalla iluminada en color rojo, alerta al conductor -mediante iconos y señales acústicas- de todos los emisores que se encuentran en el radio de acción del vehículo, lo que le posibilita reaccionar con la suficiente antelación para prevenir cualquier tipo de riesgo.
Esta iniciativa surge a raíz de la necesidad de disminuir los elevados porcentajes de accidentes mortales registrados en el sector de la industria, debido, sobre todo, a la falta de visibilidad que los trabajadores tienen mientras conducen.
El dispositivo, promovido por la productora de cementos Italcementi Group -FYM-, funciona con tecnología RFID (identificación por radiofrecuencia), y en su desarrollo ha contribuido también la empresa Janus Technologies, según ha indicado a Efe el jefe del área de Seguridad y Salud de FYM, Víctor Salvo.
La finalidad es que el sistema resulte fiable en el cien por ciento de los casos y que, de esta forma, evite colisiones de manera drástica, ya que los instrumentos de trabajo de los operarios son máquinas cuyo peso puede superar los 100.000 kilos, lo que evidencia la peligrosidad de las mismas.
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¿Hasta cuándo las tragedias en las minas?

NACIÓNLa muerte de los 21 trabajadores de la mina La Preciosa, en Norte de Santander, pone en evidencia las deficiencias en seguridad industrial de la minería colombiana y advierte que no serán las únicas si no se corrige el problema.
Viernes 28 Enero 2011Ç
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La muerte de 21 trabajadores de la mina de carbón La Preciosa, en Sardinata, Norte de Santander, pone al descubierto, de nuevo, las deficiencias en seguridad industrial en las minas colombianas, un problema que año tras año cobra vidas de una manera alarmante.

El crecimiento de la producción minera, que se ha duplicado en los últimos diez años, también se ve reflejado en el número de fatalidades, cuyo punto más alto se registró en el año 2010: 173 trabajadores murieron, tres veces más que las muertes registradas en el 2009 (58 personas).

El 2011 no comenzó nada bien para los mineros. Con la tragedia en Sardinata, el número de muertes durante enero llega a 30, una estadística muy alta si se tiene en cuenta que durante todo el 2005 se presentaron 37 casos.

Las tragedias se repiten y el país parece no aprender. Hace siete meses 73 mineros murieron en la mina de carbón San Fernando, en Amagá, Antioquia, y hace cuatro años una tragedia similar se presentó en la misma mina que explotó el miércoles de esta semana y que en ese entonces dejó 32 víctimas fatales.

Si no se corrigen las fallas y la producción de carbón aumenta como se prevé (pasar de 80 millones de toneladas a 130 millones de toneladas para el 2014), se corre el riesgo de que las emergencias y las fatalidades crezcan como ocurre desde el año 2004, según las estadísticas de INGEOMINAS.
Para expertos como Oswaldo Ordóñez, director del grupo en Georrecursos, Minería y Medio Ambiente (GEMMA) de la Universidad Nacional de Medellín, la situación es una “vergüenza en pleno siglo XXI”, mucho más cuando en el papel existen las normas que deben cumplir las empresas mineras para evitar tragedias como la de esta semana (Decreto 1335, para la minería subterránea y el 2222 para la de cielo abierto). 

¿Quiénes fallan?

Las empresas mineras, los trabajadores y el Estado son responsables. Este jueves, el ministro de Minas y Energía, Carlos Rodado, reconoció la debilidad que hay en la fiscalización de las 6.000 minas colombianas (3.000 operativas y 3.000 en exploración), sin contar las ilegales.

Esta tarea está a cargo de INGEOMINAS, entidad que tiene apenas 16 personas designadas para hacerles vigilancia. “En este momento INGEOMINAS no cuenta con los recursos humanos ni técnicos ni financieros para realizar la fiscalización”, dijo el ministro a los medios de comunicación.

El tema también es de recursos. Según el funcionario, se necesitan 100.000 millones de pesos para contratar una fiscalización minera “ya sea tercerizada o a través de la creación de una superintendencia minera”.

Y aun cuando las normas se hacen cumplir y se cierran las minas que tienen deficiencias en seguridad, “vienen las demandas o las tutelas para abogar por el derecho al trabajo. Las abren de nuevo y las exigencias difícilmente son cumplidas o se hacen a medias (...) Debería primar el derecho a la vida sobre el derecho al trabajo. El Estado debe coger seriedad y ponerles el ‘tatequieto’”, explica el director del GEMMA.

Empresas, las responsables 

El ministro de Minas y Energía fue claro: la responsabilidad de la seguridad industrial minera es de las empresas, mucho más para la minería subterránea de carbón, que es una de las actividades más peligrosas del mundo.

En Colombia el número de emergencias, al igual que el de muertos, va en aumento. El año pasado se presentaron 84 casos, 27 de ellos por derrumbes. Sin embargo, los casos de deficiencia de oxígeno (O2), explosión de metano (CH4) y problemas electromecánicos aumentaron considerablemente con respecto al 2009.

Sólo en deficiencia de O2 se pasó de dos casos en el 2009 a 18 en el 2010 y tres en lo corrido del 2011. En cuanto a los accidentes por metano, pasaron de siete en el 2009 a 12 en el año anterior. Estas últimas podrían ser las causas de la explosión en la mina de Norte de Santander, sin embargo, las investigaciones apenas comienzan.

César Díaz Guerrero, director de la Cámara Colombiana de Minería, entidad que agrupa empresas de este gremio, resaltó a medios la importancia de “aumentar los niveles de seguridad industrial para evitar accidentes” y reconoció que “hay algunas minas en el país que no tienen buenas prácticas en seguridad”.

Luis José Mejía, profesor del departamento de Geociencia de la Universidad Nacional, asegura que es evidente que los dueños de las minas no cumplen las normas, que son claras en el país. Para hacer mantenimiento a una mina es necesario cerrarla durante dos o tres días “y esto no lo hacen porque los dueños consideran que se pierde mucha producción”.

Y es que la explotación de carbón es muy rentable. Según el director del GEMMA, “una tonelada puede estar a 50 dólares y extraerla vale ocho dólares. El margen de ganancia es alto”, asegura.

Si a ello se suma que la seguridad industrial con todas las de la ley (con equipos de personal, monitoreo y emergencia) puede representar una inversión de entre el 25 por ciento y el 28 por ciento de los costos de producción para las empresas, una inversión que todavía no llama del todo la atención de los empresarios.

20 o 30 años de retraso

Si se compara a Colombia con otros países que llevan la delantera en minería, incluida la seguridad industrial, tales como Australia, Sudáfrica, Canadá, Brasil, Chile y Perú, el país tiene de 20 a 30 años de retraso, según Ordónez, experto de la Universidad Nacional.

Explotación minera como la que hacen grandes empresas como Mineros, Cerrejón, Cerro Matoso y Drummond en Colombia, con producción a gran escala y con importantes inversiones en seguridad, son algunos buenos ejemplos que hay en el país y cumplen las normas que exigen.

Según las normas, el requisito número uno para una mina de explotación subterránea es un sistema de ventilación permanente y con suficiente volumen de aire, capaz de mantener limpia la atmósfera de trabajo para hacerla respirable. Estos espacios deben contar, además, con túneles que se comuniquen con el exterior, así como estaciones de monitoreo con alarmas que indiquen cuál es la concentración de gases y en caso de emergencia, el personal tenga el tiempo de evacuar.

Sin embargo, estos requisitos no se cumplen a cabalidad en todas las minas legales. En algunas, cuenta el director del GEMMA, hay equipos obsoletos, no cuentan con los sistemas de ventilación adecuados ni suficientes para el tamaño de la mina, incluso, se permite fumar, comer en los sitios de trabajo y laborar sin los instrumentos adecuados, por ejemplo, sin uniformes. “En algunas es un relajo total, y sorprende que no pase nada”, puntualiza Ordóñez. 

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