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sábado, 29 de enero de 2011

Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART)amplían la cobertura tras un fallo de la Corte Suprema

Publicado por prensapuradigital on Ene 29th, 201
Las ART amplían la cobertura tras un fallo de la Corte Suprema

Las aseguradoras de riesgo del trabajo lanzaron un seguro complementario de responsabilidad civil para  acortar los tiempos de indemnización en casos de accidentes y enfermedades laborales

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La Superintendencia de Seguros anunció la puesta en marcha de un seguro de responsabilidad civil complementario del que prestan las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).
El objetivo del nuevo servicio será atender el explosivo incremento de los juicios laborales ocurrido a partir del fallo de Corte Suprema que declaró inconstitucional el articulo 11 de la Ley de Riesgos del Trabajo que le bloqueaba a los trabajadores el derecho de demandar a su empleador en caso de un accidente o enfermedad.
De acuerdo con un comunicado de la SSN, el nuevo seguro tiene la finalidad de “garantizar los derechos de los trabajadores y acortar los tiempos de indemnización en casos de accidentes y enfermedades que se produzcan en el ámbito laboral”.
“El objetivo de este seguro adicional es obtener una reparación integral de contingencias laborales de los trabajadores accidentados”, afirmó el titular de la SSN, Francisco Durañona.
El funcionario señaló que el servicio al mismo tiempo permite “brindar certidumbre a los empleadores en relación con los costos derivados de sus contingencias laborales, y reducir costos improductivos derivados de la alta litigiosidad del sistema”.
Se eleva la litigiosidad
Según datos de ese organismo de control, entre 2005 y 2010 las demandas de trabajadores a sus empleadores pasaron de 16.400 a 85.000, con tendencia a incrementarse.
Para la Unión Industrial Argentina (UIA) esa cantidad de juicios representan demandas por más de u$s2.000 millones que tendrían que afrontar las empresas, la mayoría de ellas PyME que podrían quebrar.
“Es una cobertura complementaria, que tendrá una franquicia a cargo del empleador que incentive su compromiso en materia de prevención de accidentes laborales”, subrayó Durañona quien añadió que “incluye un límite de cobertura a partir del cual la responsabilidad íntegramente será del empleador“.
Según se indica en la resolución, “el asegurado participará de cada siniestro con una franquicia o descubierto a su cargo que nunca será inferior al 5% de la indemnización a cargo de la aseguradora“.
“La franquicia se incrementará al doble de lo acordado si el accidente o la enfermedad del trabajador se produjera por incumplimientos de la empresa donde se desempeñe a las normas de seguridad e higiene”, afirmó el funcionario nacional.
El Superintendente también señaló que se “contempla un esquema de aprobación tarifaria similar al existente actualmente para las coberturas de riesgos del trabajo, y fijará requerimientos de solvencia específicos para las aseguradoras que actúen en la nueva cobertura”.
En este caso se determinó en $3 millones el capital mínimo para ofrecer dicha cobertura.
Las entidades, que responderán exclusivamente hasta la suma asegurada por trabajador, que no podrá ser inferior a $250 mil ni superior al millón de pesos, deberán contar con la autorización debida para operar en el ramo de Responsabilidad Civil
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