Por Chip Carson, P.E.
Los requisitos generales para planes de emergencia y las situaciones en las que tales planes son requeridos se han modificado en los últimos ciclos del código. Los requisitos generales para un plan de emergencia están establecidos en la Sección 4.8 del código NFPA 101®, Código de Seguridad Humana, que establece que un plan de emergencia es necesario donde es requerido por los Capítulos 11 a 42 o “cuando así lo requiere la acción de la autoridad competente.”
No hay comentarios:
Publicar un comentario