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viernes, 13 de agosto de 2010

Asumiendo la responsabilidad

Por Wayne D. Moore, P.E.

El rol del contratista en el cumplimiento de los requisitos de inteligibilidad y audibilidad.

respLa edición 2010 del código NFPA 72®, Código Nacional de Alarmas de Incendio y Señalización, coloca la responsabilidad del cumplimiento con los requisitos de inteligibilidad y audibilidad de lleno sobre el diseñador. La Sección 24.4.1.2.2.1 establece que:

Deberán cumplirse los siguientes requisitos para la disposición y el diseño:
  1. La disposición de los altoparlantes del sistema deberá estar diseñada de modo que se garantice la inteligibilidad y audibilidad.
  2. La inteligibilidad deberá primero determinarse garantizando que todas las áreas del edificio tengan el nivel de audibilidad requerido.
  3. El diseño deberá incluir la ubicación de los altoparlantes con el fin de proveer inteligibilidad.
Recientemente, un contratista me preguntó si quién debía asegurar que los ingenieros a cargo del diseño de un sistema de alarma de incendio hicieran su trabajo. Le respondí que tanto contratista de instalación como la autoridad competente (AC) tenían esa responsabilidad. Si bien el contratista coincidió con que la AC tenía responsabilidad, sentía que sobre el contratista no debería recaer ninguna responsabilidad.
“Todo lo que tengo que hacer” insistía, “es simplemente instalar lo que ordena el diseño de ingeniería.”

Yo no estoy para nada de acuerdo con esto. El contratista debe comprender los requisitos del código y asegurar que lo que él o ella instalan satisfaga tales requisitos. De hecho, el contratista se asocia a los ingenieros en la evaluación del diseño.

Si usted no fue quien creó el diseño y su instalación sigue los planos y especificaciones del contrato, la responsabilidad real recae sobre los ingenieros. Sin embargo, todos recordamos cuando hicimos algo mal y pusimos la excusa, “¡Fue Billy quien me dijo que lo hiciera así!” Habitualmente, nuestros padres respondían “Si Billy te dijera que debes arrojarte desde un puente, ¿lo harías?” Tímidamente, respondíamos “No”. Ese mismo principio aplica en este caso. No importa dónde recaiga la responsabilidad, un contratista debe asegurar que lo que él o ella instala, cumpla con los requisitos del código.

La mayoría de los contratistas de alarmas de incendio cuentan con poca experiencia o capacitación relacionada con el sonido y las comunicaciones, de modo tal que no sabrán que cada sistema incluso cuando es nuevo, aún necesita de balance y posiblemente, de ecualización. Digamos, por ejemplo, que los ingenieros especifican que el contratista debe posicionar los altoparlantes en un cuarto de vatio. Luego, durante las pruebas de aceptación, descubren que la acústica del espacio requiere un aumento en este escenario. Los ingenieros no crearon un mal diseño. En su lugar, las pruebas requeridas simplemente revelaron la necesidad de una corrección dadas las condiciones del espacio terminado. Los ingenieros esperarían que eso sucediera en el curso normal de una instalación.

Pero si los ingenieros no le indican al contratista la posición a utilizar inicialmente, eso debería alertar al contratista de que podrían suscitarse cuestiones que podrían requerir ajuste. O podría alertar al contratista de que los ingenieros esperan que sea el contratista elija la posición adecuada.

Un contratista que descubre una falta de información en los planos debería presentar un pedido de información a los ingenieros de diseño. Con ese fin, el contratista debe familiarizarse con los principios básicos de la reproducción del sonido y diseño de las comunicaciones.

Lo mismo es válido para la AC, quien constituye la primera persona competente a cargo de la revisión que evalúa el diseño del ingeniero. La AC debería contar con capacitación y conocimientos suficientes sobre el código para exigir de los ingenieros que se responsabilicen del cumplimiento con los requisitos del código durante la revisión de diseño y las etapas de autorización.

Si existe un requisito y el ingeniero no lo cumple, la AC no descubre la falla, y el contratista perpetúa tal falla, el sistema legal será quien en última instancia evalúe el descalabro resultante con el fin de proteger los derechos del propietario y de los ocupantes del edificio. No obstante, si cada eslabón de la cadena, desde diseñadores hasta personas a cargo de la instalación, aceptara sus respectivas responsabilidades, podríamos esperar sistemas de comunicaciones de emergencia más confiables. Existe ciertamente suficiente responsabilidad para asumir.

Wayne D. Moore, P.E., es Director de Hughes Associates y ex presidente (período inmediato anterior) del Comité de Correlación Técnica del NFPA 72


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