Lo importante es que entre la fecha de la providencia y la fecha del pago (por ejemplo cuando se decreta una medida cautelar de suspensión de efectos) puede transcurrir un largo tiempo, y por ende puede variar el valor de la U.T. en perjuicio del administrado
Esta materia es aplicable a las multas del INPSASEL y la Inspectoría del Trabajo, por lo que se debe tener en cuenta para posibles recursos de nulidad contra multas de estos entes
http://www.tsj.gov.ve/
Luis Eduardo Mendoza Pérez
Abogado litigante. Gerente Legal de AMK Seguridad y Salud Laboral C.A.
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