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miércoles, 10 de julio de 2013

Sentencia Sala Constitucional TSJ criterio U.T. para multas

Adjunto link de sentencia de la Sala Constitucional del TSJ de fecha 08-07-2013, N° 867, donde anula sentencia de la Sala Politico Administrativa del mismo TSJ por aplicar criterio del valor de la Unidad Tributaria para multa, no con el valor que tenía para la fecha de la Providencia Administrativa sino con el valor de dicha unidad para el momento del pago.

Lo importante es que entre la fecha de la providencia y la fecha del pago (por ejemplo cuando se decreta una medida cautelar de suspensión de efectos) puede transcurrir un largo tiempo, y por ende puede variar el valor de la U.T. en perjuicio del administrado
Esta materia es aplicable a las multas del INPSASEL y la Inspectoría del Trabajo, por lo que se debe tener en cuenta para posibles recursos de nulidad contra multas de estos entes

http://www.tsj.gov.ve/decisiones/scon/Julio/867-8713-2013-09-1236.html


Luis Eduardo Mendoza Pérez
Abogado litigante. Gerente Legal de AMK Seguridad y Salud Laboral C.A.

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