Medidas correctivas:
Después de realizada
la investigación del accidente se sugirió al departamento de manteniendo
técnico que antes de ejecutar cualquier labor donde pueda exponer la salud de
un trabajador debe notificarlo por escrito ante a la gerencia de seguridad
laboral y los departamentos involucrados para tomar las medidas preventivas
Se converso con la
trabajadora sobre el articulo 53 nº 5 de la LOPCYMAT que establece que es un
derecho del trabajador "rehusarse a trabajar, a alejarse de una condición
insegura o a interrumpir una tarea o actividad de trabajo cuando, basándose en
su formación o experiencia, tenga motivos razonables para creer que existe un
peligro inminente para su salud o para su vida sin que esto pueda ser
considerado como un abandono de trabajo. El trabajador o trabajadora comunicará
al delegado o delegada de prevención o supervisor inmediato de la situación
planteada.
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Enviado por: "Atilio Noguera" atilionoguera@gmail.com atilionoguera
Vie, 17 de Ago, 2012 7:47 pm (PDT)
Estudiante: Egans Rodríguez
Diplomado: Gestión de Salud Ocupacional
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