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viernes, 22 de abril de 2011

La creación del sistema de riesgos laborales y las cifras

 DíA DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO - LA IMPORTANCIA DE LA FECHA
De acuerdo con las estadísticas de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, año a año se registran disminuciones en la cantidad de accidentes laborales –graves y fatales- como de enfermedades profesionales
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Hoy se celebra el Día de la Higiene y Seguridad en el Trabajo, en conmemoración de la sanción de la Ley Nacional 19.587 del año 1972, a través de la cual se fijaron las pautas para comenzar a trabajar en el país en una mayor prevención de riesgos laborales.

El Sistema de Riesgos del Trabajo fue creado para cambiar de raíz una situación inadmisible derivada de un código de aplicación inoperante y permisivo que produjo, entre otras cosas, una elevada accidentalidad, producto del escaso nivel de prevención existente en las empresas.
Años más tarde, el Estado nacional dispuso por la Ley Nº 24.557 delegar en las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) el asesoramiento y control de la prevención creando, además, una prórroga de hecho para la no-sanción por incumplimiento en esta materia de los Planes de Mejoramiento.



La accidentabilidad, riesgos y enfermedades profesionales en el área laboral sigue siendo uno de los temas que genera mucha preocupación en los ámbitos oficiales, organismos de salud, empresas aseguradoras, empleadores, Aseguradoras de Riesgo del Trabajo e incluso, este gran tema también está desde hace años en la agenda de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).


Lo indicadores, desde donde se los analice, no suelen ser positivos y si muestran algún sesgo alentador lo es porque año a año se logran reducir o atenuar la cantidad de accidentes laborales.

Cifras 


Por ejemplo, de acuerdo al informe anuario de 2009 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), durante todo ese ejercicio, de una población de trabajadores cubiertos –promedio- de 7.848.698 (un 1,4 menos que el año 2008), se notificaron en todo el país 635.566 casos de accidentes de trabajo (AT) y enfermedades profesionales (EP).
Según el mismo informe, los AT y EP –excluidos los accidentes in itinere y los reingreso- alcanzaron la 505.828 notificaciones, de las cuales 452.377 casos ocasionaron días con baja laboral. Este último dato señala un promedio durante 2009 de 28 días de baja laboral por cada accidente de trabajo o enfermedad profesional.


El índice de incidencia de AT y EP durante ese año fue de 57,6 siniestros cada 1.000 trabajadores cubiertos, cifra que registró una disminución del 11,8 % respecto de 2008.

Sectores


El sector de la actividad económica con mayor incidencia accidentes laborales y enfermedades de trabajo fue, durante 2009, siguió siendo la construcción, donde se registraron 139,3 accidentes de operarios cada 1.000 trabajadores cubiertos. Le siguieron la agricultura, caza, silvicultura y pesca, y luego por las industrias manufactureras.
En cuanto a las bajas laborales en días por accidentes o enfermedades laborales alcanzaron en 2009 la cifra de 1.600 jornadas no trabajadas por cada 1.000 trabajadores cubiertos.

Accidentes graves y fatales


El informe de la SRT señala que en 2009, el índice de fallecidos por accidentes laborales fue el más bajo desde el inicio del sistema, con 106 trabajadores fallecidos por cada millón de trabajadores cubiertos, de los cuales 61 ocurrieron en el lugar y ocasión de trabajo.
Al analizar la mortalidad por AT y EP por actividad, los sectores de la construcción, la agricultura y la electricidad, gas y agua registraron los índices más altos, con 229, 195 y 151 casos mortales por cada millón de trabajadores cubiertos, respectivamente.

Medidas


En marzo último, la Superintendencia de Riesgos del Trabajó  publicó la disposición a través de la cual se establece que “los elementos de protección personal suministrados por los empleadores a los trabajadores deberán contar, en los casos que la posea, con la certificación emitida por aquellos Organismos que hayan sido reconocidos para la emisión de certificaciones de producto, por marca de conformidad o lote, según la resolución de la entonces Secretaría de Industria, Comercio y Minería de  diciembre de 1999”.
Además, se dispuso a través de la normativa que se crea el formulario “Constancia de Entrega de Ropa de Trabajo y Elementos de Protección Personal” que con su Instructivo forma parte como Anexo de la presente resolución.  El Formulario creado será de utilización obligatoria por parte de los empleadores. Deberá completarse un formulario por cada trabajador, en el que se registrarán las respectivas entregas de ropa de trabajo y elementos de protección personal.
 

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http://www.lmneuquen.com.ar/suplementos/2011/4/21/9643.php

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