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viernes, 21 de octubre de 2011

Decisiones del TSJ...

Esta nueva sentencia de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 09-08-2011, publicada en fecha 10-08-2011, donde se señala que la Inspectoría del Trabajo no es competente para sancionar infracciones referidas a la materia de seguridad y salud laboral
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MAGISTRADO PONENTE: LEVIS IGNACIO ZERPA

Exp. Nº 2010-0218


Por escrito presentado el 18 de marzo de 2010, el abogado Juan Vicente Ardila P., inscrito en el INPREABOGADO N° 7.691, actuando en su condición de apoderado judicial de la sociedad de comercio GROUP 4 SECURICOR G4S, C.A., inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 29 de mayo de 1975, bajo el N° 33, Tomo 67-A, demandó la nulidad del acto denegatorio tácito producto del silencio administrativo de la MINISTRA DEL PODER POPULAR PARA EL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, quien omitió resolver tempestivamente el recurso jerárquico ejercido contra la providencia administrativa N° 109-09, de fecha 10 de agosto de 2009, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO MONAGAS, mediante la cual se impuso una multa a la empresa recurrente por un monto de un millón ciento ochenta y dos mil ochocientos dieciséis bolívares sin céntimos (Bs. 1.182.816,00).